Pasadena Criminal Attorney

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DUI Causando Lesiones

Cuando se configura un incidente de tránsito es normal que los oficiales policiales a cargo del arresto den inicio a una minuciosa investigación de los hechos con la finalidad de establecer si cualquiera de los conductores involucrados en el suceso se encontraba bajo efectos del alcohol o de drogas. Por ende, cuando dichos oficiales finalmente logran percatarse de que uno de los conductores efectivamente se encontraba bajo los efectos de las mencionadas sustancias, la investigación desde entonces recaerá sobre él, dado que se supondrá que el accidente ocurrió por su culpa, y que debe responder por los daños causados al resto de los involucrados.

Desde entonces se dará inicio a un proceso judicial, donde la fiscalía va a formular una acusación contra el sospechoso, este será llevado ante la corte y tendrá oportunidad de defenderse, pero considere que usualmente estos casos suele ser finalizados rápidamente, dado que cuando una prueba química arroja que el acusado efectivamente estaba bajo efectos de alcohol o drogas la autoridad suele asumir que en verdad es culpable y no se esmeran mucho por investigar. Sin embargo la asesoría de un buen abogado puede ser de bastante ayuda, ya que el mismo estará en capacidad de recaudar pruebas que demuestren que su representado es inocente, y que los resultados arrojados por la prueba practicada se vieron afectados por un factor externo.

Considere que este tipo de crimen se califica de “tambaleante” en el territorios de California, y por ende el acusado puede hacer frente a cargos correspondientes a un crimen menor o una felonía, lo cual es determinante al momento de establecer el alcance de las sanciones a imponer, que normalmente incluyen el encarcelamiento y pago de multas.

Por otro lado, debe saber que uno de los motivos que justifica que las leyes penales de California sean tan estrictas al momento procesar a quienes sean declarados culpables por DUI, es que generalmente quienes conducen bajo efecto del alcohol representan un peligro significativo y a veces irreversible para el resto de los transeúntes y conductores al causarles lesiones graves y en el peor de los casos la muerte.

Si actualmente está en Pasadena, CA y está haciendo frente a una acusación por DUI Causando Lesiones, no debe dar todo por perdido, ni mucho menos asumir que irremediablemente será condenado. Aún queda mucho por hacer y un largo camino que recorrer en el cual lo puede acompañar un abogado del bufete Pasadena Criminal Attorney. Vale acotar que dicho abogado le puede ofrecer una consulta de su caso, donde usted le podrá contar todos los detalles que conoce del mismo, de igual modo podrá evaluar la acusación que levantó el fiscal y las pruebas presentadas en su contra y obtener nuevas a su favor con la finalidad de armar una defensa convincente que pueda llevar ante el Juez a fin de demostrar su inocencia.

¿Qué establecen las leyes de California en cuanto al DUI que causa lesiones?

Conforme a la regulación 23152 concerniente al código vehicular (CV) cuando se habla de un DUI da lugar a lesiones se hace referencia a una situación donde una persona se encontraba manejando bajo efectos causados por el consumo de alcohol, y por tal motivo causó heridas corporales a otro.

Debe saber que esta regulación está divida en varios literales que aluden a lo siguiente:

Literal “a”: Tilda de acto ilícito que una persona que ha consumido alcohol conduzca un vehículo y que además:

  • Literal “a” apartado I: Ejecute un acto restringido por la legislación.
  • Literal “a” apartado I I: Descuide su obligación de cumplir los lineamientos legales estipulados para el momento de conducir un vehículo y por tal razón ocasione de modo directo heridas corporales a otro.

Literal “b”: Tilda de acto ilícito que una persona cuyo BAC (concentración de alcohol en sangre) que iguala o excede el 0.08% maneje un vehículo y que además:

  • Literal “a” apartado I: Ejecute un acto restringido por la legislación.
  • Literal “a” apartado I I: Descuide su obligación de cumplir los lineamientos legales estipulados para el momento de conducir un vehículo y por tal razón ocasione de modo directo heridas corporales a otro.

Literal “e”: Tilda de acto ilícito que una persona que está bajo efectos ocasionados por el consumo de drogas maneje un vehículo y que además:

  • Literal “a” apartado I: Ejecute un acto restringido por la legislación.
  • Literal “a” apartado I I: Descuide su obligación de cumplir los lineamientos legales estipulados para el momento de conducir un vehículo y por tal razón ocasione de modo directo heridas físicas a otro.

Respecto a este tema es muy importante aclarar que en concordancia con la regulación 23153 CV, conducir bajo efectos producidos por el consumo de alcohol tiene tres conceptos diferentes estipulados por distintas regulaciones:

  • Regulación 23152, literal a, CV: Alude al acto de conducir un vehículo bajo efectos causados por el consumo de alcohol.
  • Regulación 23152, literal b, CV: Alude al acto donde una persona conduce un vehículo mientras su BAC iguala o excede el 0.08%.
  • Regulación 23152, literal f, CV: Alude al acto donde una persona conduce un vehículo mientras está bajo el efecto causado por el consumo de drogas.

¿De qué modo puede dejar en evidencia un fiscal que la persona acusada cometió un crimen DUI que causa lesiones?

Una persona sólo puede ser condenada por el crimen contemplado en la regulación 23153 CV, cuando el fiscal logra demostrar que se configuraron todos los elementos establecidos por dicha norma. Tenga en cuenta que es obligatorio para el fiscal demostrar todos los elementos, ya que si falta uno al menos los cargos deben ser desechados bajo dicha denominación legal.

Una vez entendido lo anterior, los elementos son:

  • Que la persona acusada infringió las normas sobre DUI vigentes en California.
  • Que además infringió otra regulación o actuó negligentemente mientras conducía.
  • Que su conducta ya sea ilegal o negligente le causó lesiones a otro.

En cuanto a lo anterior, puede admirarse que una persona infringe una norma DUI vigente en California cuando:

  • Maneja bajo efectos producidos por el consumo de alcohol, lo que significa que dicho consumo ha perjudicado las destrezas ya sean mentales o físicas del conductor y por ende no puede manejar como lo haría una persona sobria.
  • Maneja mientras su nivel BAC es igual o excede del 0.08%.
  • Maneja bajo efectos producidos por el consumo de drogas o de una combinación de drogas y alcohol.

No obstante, cuando la persona acusada se desplaza en un vehículo comercial, el fiscal sólo debe dejar en evidencia que su nivel BAC era igual o superior a un 0.04% a efectos de que sea declarado culpable del crimen.

¿Qué significa que una persona maneje un vehículo?

En concordancia con la legislación de California el término vehículo no abarca solamente los autos, sino que se extiende también a scooter que tengan motor, vehículos para cualquier tipo de terreno, autobuses, camiones, furgonetas para reparto e incluso motos, entre otros.

Por su parte el término manera hace referencia a que una persona “conductora” de modo intencionado y deliberado tenga el control sobre un vehículo, con la finalidad de trasladarlo y que realmente lleve a cabo su desplazamiento. Dicho con otras palabras, puede afirmarse que una persona maneja cuando hace que las ruedas de un vehículo se trasladen y que por ende tal vehículo se desplace de un lugar hacia otro, ello independientemente de que el trayecto recorrido sea mínimo. Al respecto, cuando una persona solo está sentada ante un volante, pero sin hacer que el vehículo se desplace, dicho acto no puede ser calificado como manejar, pero si puede ser utilizado como prueba circunstancial para dejar en evidencia que la persona involucrada hace poco ha estado conduciendo el vehículo.

¿Qué quiere decir que una persona está manejando bajo efectos producidos por el consumo de alcohol o teniendo un BAC igual o superior al 0.08%?

Estar bajo efectos producidos por el consumo de alcohol en concordancia con la regulación 23153 CV, quiere decir que las destrezas físicas o mentales de una persona están afectadas hasta un punto tal que no tiene la habilidad para manejar como lo haría una persona sobria, es decir con el debido cuidado y precaución.

Conforme a la regulación 23152, literal f CV, cuando se hace referencia a conducir estando bajo los efectos causados por el consumo de drogas, ello involucra tanto drogas ilegales como aquellos cuyo consumo es legal bajo estricta prescripción y vigilancia médica, tal como los fármacos prescritos para tratar dolencia o de venta libre, que causan altos niveles de dependencia p efectos irreversibles sobre el organismo.

Manejar con un BAC que iguala o excede el 0.08% es considerado el estándar o parámetro mínimo, a no ser que el acusado se haya encontrado conduciendo un vehículo comercial. Lo anterior se fundamenta en que conforma a las leyes DUI de California cuando el BAC de una persona iguala el 0.08% o lo supera cuando se efectúa un examen de sangre, dicha persona pasará a ser tildada como responsable de DUI y es posible que sea declarada culpable en concordancia con la regulación 23153, sin importar si estaba o no bajo efectos del consumo de alcohol o drogas o de si ocasionó lesiones como resultado de algún incidente de tránsito.

¿Qué significa que la persona acusada infringió las normas de tránsito o que actuó negligentemente?

Las regulaciones DUI consagradas en el CV establecen que la persona acusada a efectos de ser declarada culpable debe:

  • Haber actuado negligentemente.
  • Haber infringido una ley.
  • Haber manejado bajo los efectos producidos por el consumo de alcohol.

Ello quiere decir que se requiere que haya ejecutado una acción o negligencia debido a lo cual otro resultó lesionado.

¿Cuáles sanciones puede aplicar un Juez a quien resulte condenado por cometer un DUI que causa lesiones?

Lo primero que debe en cuenta es que una persona condenada por DUI puede recibir distintas sanciones, cuya determinación va a depender de las particularidades específicas del caso, la magnitud de sus consecuencias y los registros penales del acusado, respecto a lo cual se debe hacer especial énfasis en el hecho de que el acusado cuente con registros fundados en la ejecución de un crimen DUI durante el periodo de los últimos diez años, dado que los DUI son crímenes calificados como prioritarios, ello quiere decir que cada vez que una persona sea condenada por un nuevo DUI dentro del periodo de diez años debe recibir sanciones más estrictas.

Considere que siempre una tercera reincidencia en un crimen DUI que causa lesiones físicas es procesada de modo automático como una felonía.

Continuando, debe recordar que tal como le mencionamos al inicio de este artículo una infracción a la regulación 23153 CV es considerada un crimen tambaleante, por ende el fiscal tiene plena potestad para levantar una acusación fundada en la ejecución de un crimen menor o de una felonía, para lo cual debe estudiar muy bien el caso, sus consecuencias y los registros delictivos de la persona acusada.

Por otro lado, debe saber que desde el curso del año 2019, es una obligación para los condenados por el crimen en estudio realizar la instalación de un artefacto IDD en su vehículo, cuya función es similar a un alcoholímetro de mano, donde el condenado deberá solar y si dicho artefacto detecta alcohol en su aliento impedirá el encendido del auto, pero si todo está en orden permitirá que el vehículo funcione normalmente. Dicha instalación debe realizarse durante el lapso de que la corte estime prudente.

Cuando es determinación del fiscal formular una acusación que se funda en la ejecución de un crimen menor, las penas a imponer son:

  • Medida de libertad bajo prueba sumaria, informal o simple.
  • Encarcelamiento durante un año como tope máximo.
  • Pago de una multa cuyo valor debe estar comprendido entre 390,00 dólares y 5.000,00 dólares
  • El deber de asistir a un programa especial vinculado al consumo del alcohol o de drogas, que sea avalado por la corte por el lapso estipulado entre 3 y 30 meses.
  • Suspensión de la licencia de conducir, por hasta el tope máximo de 3 años. Sin embargo, el condenado tiene la posibilidad de continuar manejando su auto siempre y cuando instale un artefacto IDD en el mismo, durante 6 meses. Considere que es responsabilidad del condenado cubrir los gastos y con esta medida no tendrá restricciones para manejar.
  • Pagar una compensación a quienes resulten víctimas debido a los daños ocasionados.

Pero, cuando es determinación del fiscal formular una acusación que se funda en la ejecución de una felonía, las penas a imponer son:

  • Medida de libertad bajo prueba formal.
  • Encarcelamiento durante 4 años como tope máximo.
  • Un lapso extra y consecutivo de encarcelamiento de 6 años, si la víctima sufre una lesión grave.
  • Un lapso extra y consecutivo de encarcelamiento de 1 año, por cada víctima que sufre una lesión, hasta completar el tope de 3 años.
  • Un strike será registrado en sus antecedentes penales en concordancia con la ley de reincidencia.
  • Pago de una multa cuyo valor debe estar comprendido entre 1.015,00 dólares y 5.000,00 dólares
  • El deber de asistir a un programa especial vinculado al consumo del alcohol o de drogas, que sea avalado por la corte por el lapso estipulado entre 18 y 30 meses.
  • Calificación como infractor de tránsito habitual durante 3 años.
  • Revocación de la licencia de conducir, por hasta el tope máximo de 5 años. Sin embargo, el condenado tiene la posibilidad de continuar manejando su auto siempre y cuando instale un artefacto IDD en el mismo, durante 1 año. Considere que es responsabilidad del condenado cubrir los gastos y con esta medida no tendrá restricciones para manejar.
  • Pagar una compensación a quienes resulten víctimas debido a los daños ocasionados.

¿Cuáles crímenes se relacionan?

Existen ciertos cargos que usualmente se presentan junto con los de DUI que causa lesiones o que tienden a confundirse con el debido a la similitud de sus características.

Tales crímenes son:

  • Homicidio vehicular acompañado por DUI regulado por la norma 191.5 del Código penal.
  • Atropello y fuga que causa lesiones o la muerte de un peatón regulado por la norma 200001 VC.
  • Exponer a un menor de edad a peligro, regulado por la norma 273, literal a del Código penal

¿Cómo puede una persona acusada combatir cargos fundados en la regulación 23153 CV?

Cuando una persona es acusada por DUI que causa lesiones puede usar muchas defensas, sin embargo elegir la más apropiada va a depender de un minucioso estudio que se realice del caso.

No obstante, cuando una persona es acusada por manejar ebria las defensas que suelen alegarse son:

  • La persona acusada no estaba bajo efectos producidos por el consumo de alcohol o drogas.
  • Los resultados arrojados por la prueba realizada para medir el BAC fueron errados.

No obstante, todo lo anterior debe ser demostrado. Por su lado otra posición que puede tomar un abogado defensor es centrar su atención en el accidente de tráfico y las evidencias de las supuestas lesiones que causó, para lo cual puede requerir la colaboración de expertos en reconstrucción de accidentes, a fin de efectuar un análisis independiente capaz de concretar cuál fue el motivo verdadero por el cual ocurrieron las lesiones que presenta la víctima y demostrar que resultan ser culpa de su representado.

Para tal propósito, un perito especializado en reconstruir accidentes valorará diferentes factores como lo son los perjuicios que los autos involucrados en el suceso sufrieron, cualquiera la posición tanto inicial como final en que estaban dichos vehículos, la velocidad de desplazamiento de acuerdo a las huellas de frenado, las circunstancias de la vía, el clima u otra prueba importante que ayude a aclarar el caso.

Considere que cuando un oficial de policía acude ante un accidente de tráfico, donde se confirma que un conductor involucrado está bajo efectos del alcohol, suele asumir que él es el causante de las sesiones que otros sufrieron, cuando en realidad existe la posibilidad de que existan otros motivos que dieron lugar al accidente y que por ende deben ser investigadas. Por ello el acusado durante el proceso penal podrá hacer todo lo que esté en sus manos por demostrar su inocencia, lo cual no resulta nada sencillo cuando no se posee conocimientos en materia legal y sobre todo penal, por lo tanto lo más sensato es contactar a un abogado experto en el tema que se ocupe de estudiar el caso y de todo lo relacionado con la defensa con la finalidad de obtener los resultados más satisfactorios posibles.

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Si actualmente está en Pasadena, CA y está haciendo frente a una acusación por DUI Causando Lesiones, no debe dar todo por perdido, ni mucho menos asumir que irremediablemente será condenado. Aún queda mucho por hacer y un largo camino que recorrer en el cual lo puede acompañar un abogado del bufete Pasadena Criminal Attorney. Vale acotar que dicho abogado le puede ofrecer una consulta de su caso, donde usted le podrá contar todos los detalles que conoce del mismo, de igual modo podrá evaluar la acusación que levantó el fiscal y las pruebas presentadas en su contra y obtener nuevas a su favor con la finalidad de armar una defensa convincente que pueda llevar ante el Juez a fin de demostrar su inocencia

Ser acusado por este tipo de crimen no es cosa de juego, ni mucho menos algo sin importancia, contacte tan pronto como sea posible a un abogado de Pasadena Criminal Attorney llamando al 626-689-2277 y tenga por seguro que su caso va a estar en muy buenas manos. Va a tener de su lado a un profesional que trabajara hasta el cansancio por demostrar su inocencia, que tiene un profundo conocimiento en cuanto a procedimientos y formalismos penales y que ajusta todas sus acciones a la ley, buscando que se garanticen sus derechos y que esté lo más alejado posible de una cárcel. Pero siempre el objetivo principal será que se desechen los cargos o se impongan sanciones leves al dictar una reducción de cargos.

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