Pasadena Criminal Attorney

Sharen Ghatan- Lead Attorney
Over 20 Years of Experience Practicing Criminal Defense

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Agresión

En concordancia con lo estipulado en la regulación 242 Perteneciente al código Penal (PC) una agresión es un crimen que se configura cuando una persona de modo deliberado e ilegal emplea fuerza o violencia contra otro. No obstante, se refiere a un crimen que no se califica de acuerdo a los resultados obtenidos, por ende una persona puede ser acusada por agresión, aun cuando no haya terminado por ser lesionada la presunta víctima, a efectos de que el crimen se entiende cometido solo se exige que la persona acusada haya incurrido en el acto de tocar a otra persona de manera ofensiva.

Ahora bien, la agresión es severamente regulada por la legislación de California y quien sea declarado culpable por tal crimen puede ser castigado con encarcelamiento y el pago de elevadas multas. Considere que la agresión puede ser juzgada como un crimen menor o grave dependiendo de qué tan graves sean las lesiones que padezca la víctima, cuya determinación corresponde al fiscal.

Cuando una persona incurre en agresión se presume que tenía como propósito ocasionar daños corporales sobre la salud e integridad de otro, por ende debe ser catalogado como un peligro relevante para la sociedad y llevado ante la justicia para responder por su comportamiento.

Pero, tome en cuenta que si la fiscalía lo acusa por agresión, ello no es un hecho determinante, es decir, no quiere decir que inmediatamente será remitido a un reclusorio donde deberá pasar muchos años, sino que se va a dar inicio a un proceso penal donde el fiscal deberá demostrar que usted incurrió en cada uno de los elementos requeridos para asegurar que cometió el crimen en cuestión y a la vez usted tendrá oportunidad de demostrar que todo se trata de un error y que los cargos deben ser desechados. No obstante es imprescindible que goce de la asistencia de un buen abogado que asuma su defensa y le brinde su compañía durante todo el proceso a fin de evitar incurrir en errores tanto de hecho como de derecho que perjudiquen aún más su situación.

Si se le acusó por Agresión en Pasadena, CA y está buscando un abogado que se ocupe de su caso puede ir a las instalaciones del bufete Pasadena Criminal Attorney o ponerse en contacto con ellos para que un abogado experto y miembro del mismo analice su situación, evaluó la acusación que presentó el fiscal, al igual que las pruebas y se ocupe de obtener nuevas evidencias. Todo lo anterior para armar una estrategia sólida de defensa que logre demostrar su inocencia ante la corte y que el Juez deseche los cargos levantados.

Este es un bufete legal que goza de bastante prestigio en el condado debido a los excelentes resultados que suele obtener para sus representados, lleva años ofreciendo sus servicios de asistencia y representación legal y su trabajo se apega a las leyes y al respeto de los derechos.

¿De acuerdo a la legislación vigente en California que es una agresión?

De acuerdo a lo contemplado por la regulación 242.9 PC, se entiende por agresión a todo acto por medio del cual una persona toca a otra de modo intencionado, con el fin de dañar u ofender.

Ejemplos:

  • Un chico empuja a una dama que transitaba cerca y casi tropieza con él mientras hacían una fila con el fin de comprar entradas para un evento.
  • Un mesero que escupe a uno de sus clientes dado que le dio un trato irrespetuoso.
  • Una chica que da una pedrada a otra porque la ofendió verbalmente, pero se encontraba distante, por lo que dicha piedra finalmente golpeó a otro.

Considere que los requerimientos mencionados al principio son exigidos con la finalidad de que se presume cometido el crimen de agresión y que es deber del fiscal demostrar que los mismos se configuraron a efectos de que la persona acusada sea condenada por su comportamiento, dado que cuando no logra demostrar al menos uno los cargos deben ser desestimados.

Respecto a tales elementos, hay varias cosas por aclarar:

Tocar a otra persona

De acuerdo a lo establecido por la ley, para que se entienda cometida una agresión basta con que una persona haya ejercido contacto físico con otra, aun cuando dicho contacto no haya causado ningún tipo de lesión física. Por ende cualquier toque o contacto, independientemente de su magnitud y por pequeño que sea puede justificar una presentación de cargos basados en agresión.

Para que entienda mejor el asunto la vamos a mencionar un ejemplo: María tiene una discusión con su profesora dado su comportamiento, por lo cual la profesora le hace un comentario a María que le parece un tanto ofensivo y le propicia una cachetada.

En tal sentido una cachetada puede ser considerada como un toque que sin duda es ofensivo, por ende María puede ser juzgada por cometer una agresión.

Por otro lado, debe tener presente que la legislación no exige que el toque o contacto haya sido directo con la piel de la víctima, a fin que se formulen cargos contra una persona, dado que es posible que el mismo se configure sobre la vestimenta de la presunta víctima e incluso que el contacto se haya producido de modo indirecto cuando la persona acusada uso una cosa u objeto con el fin de establecer contacto o tocar a una víctima.

Un ejemplo de tal situación es el caso donde Alejandro, quien está en un restaurante acompañado de varios amigos que están ebrios, usa un marcador permanente con el fin de escribir sobre el brazo cubierto con una franela de uno de sus amigos, quien está completamente ebrio, por ende no se percata de la situación.

En dicho supuesto Alejando puede ser acusado por agresión dado que ejerció contacto con otra persona de modo ofensivo, al usar el marcador permanente, aun cuando el contacto se haya producido sobre la vestimenta de su amigo.

Intencionadamente

A efectos de que una persona sea declarada culpable por el crimen de agresión, se requiere que el toque o contacto con la víctima se produzca de forma deliberada o intencionada, lo que significa que la persona acusada ejecutó la conducta voluntariamente, pero ello no implica que al desplegar tal conducta su objeto tiene que haber sido vulnerar la regulación jurídica, herir a una víctima u obtener un beneficio.

Dicho de otro modo, no se requiere que la persona acusada haya tenido el fin de cometer una agresión con el propósito deliberado de llevarlo a cabo a efectos de que pueda ser declarado culpable por el crimen, ya que basta con que su objetivo haya sido llevar a cabo el movimiento u acto que causó el contacto o toque a fin de que sea declarado responsable de las consecuencias del mismo.

Es ejemplo de esta conducta criminal el siguiente caso hipotético: Edgar y Carmen son propietarios comunes de un establecimiento dedicado a la venta de implementos deportivos, un día Carmen tomó la decisión de vender un artículo en específico sin notificar a Edgar. Cuando este último se enteró mostró su desacuerdo, lo que llevó a que se produjera una fuerte discusión donde Edgar lanzó una grapadora que acabó golpeando la espalda de Carmen.

Quizás el objetivo de Edgar no era que al lanzar la grapadora Carmen resultara agredida, pero fue él quien la arrojo intencionalmente, lo cual causó el riesgo de que ocurriera el golpe, por ende es posible que deba hacer frente a cargos por agresión.

De modo dañino u ofensivo

Este elemento se refiere a que para que un contacto o toque sea considerado agresión, se requiere que la persona acusada lo haya ejecutado de modo dañino u ofensivo.

Un ejemplo de la mencionada situación es el siguiente, Yesica y Vanessa son compañeras de trabajo, pero Vanessa siente cierto repudio por Yesica. Un día desafortunadamente Vanessa es despedida por lo que lloro incansablemente y sus otros compañeros buscan darle consuelo, dada la situación Yesica le da un abrazo. Al respecto, en tal supuesto, aun cuando Vanesa siente desagrado por Yesica y quizás sienta desprecio por su abrazo, Yesica no ejecutó el acto con malas intenciones, por ende no es posible asegurar que el contacto fue dañino u ofensivo, ni tampoco se puede presumir que ocurrió una conducta de agresión.

¿Cómo puede ser sancionado quien incurra en agresión conforme a la regulación 242 PC?

Para empezar debemos indicarle que una agresión se puede considerar simple cuando no causa lesiones serias o cuando no se lleva a cabo contra un oficial de policía o cuya función es mantener el orden a nivel público. De ser el caso se estaría en presencia de un crimen menor que puede dar lugar a la imposición de las siguientes penas conforme a la regulación 243, literal a PC:

  • Libertad bajo prueba informal.
  • Encarcelamiento por hasta seis meses.
  • Pago de hasta 2.000,00$ por multa.

Pero cuando efectivamente se dio lugar a que otro resultara lesionado, es posible que la persona acusada sea condenada conforme a la regulación 243, literal c PC, lo que quiere decir que las sanciones pueden incrementarse de manera significativa, de acuerdo a si el crimen es considerado como menor o grave. Lo anterior dado que estos casos el crimen se considera un ``wobbler” y el fiscal tiene discreción para decidir si es pertinente levantar cargos por un crimen menor o uno grave de acuerdo a las particularidades del caso y los registros delictivos de la persona acusada.

En tal sentido, cuando el crimen es considerado menor se pueden imponer como sanciones:

  • Encarcelamiento por hasta un año.

Mientras que si es procesado como grave se puede dictar:

  • Encarcelamiento por hasta tres años.
  • Pago de hasta 10.000,00$ por multa.

Por su lado, cuando el crimen se comete contra un oficial policial o un funcionario que se ocupa de mantener el orden a nivel público, personal a cargo de atender emergencias, agente de custodia, bomberos, paramédicos, salvavidas, agente de seguridad, servidor de procesos, agente de cumplimiento, oficial de tránsito, agente de control de animales, miembro de un grupo de rescate, agente de libertad bajo prueba, médicos o enfermera que se desempeñan en salones de emergencia de un centro clínico entre otros, la persona acusada debe ser condenada de acuerdo a lo establecido por la regulación 243, literal b PC, según la cual debe ser castigada por un crimen menor si no se causaron lesiones a la víctima , pero cuando ocurre lo contrario y se causan lesiones a la víctima el crimen debe ser juzgado como grave.

Por otro lado cuando la agresión causa lesiones físicas considerables, el crimen debe ser procesado como wobbler y se pueden imponer como castigos los establecidos en el segmento 243, literal d, PC.

En tal sentido, cuando el crimen es considerado menor se pueden imponer como sanciones:

  • Encarcelamiento por hasta un año.

Mientras que si es juzgado como grave se puede dictar:

  • Encarcelamiento por hasta cuatro años.

Pero como si fuera poco el crimen puede ser considerado un strike a efectos de la ley de reincidencia, al respecto, cuando una persona acumula dos strikes debe recibir el doble de la pena correspondiente y cuando acumula el tercero podrá ser castigado con prisión durante mínimo 25 años y máxima cadena perpetúa.

¿Se desprende alguna otra consecuencia para quien sea condenado por agresión?

Si, sobre todo cuando una persona es juzgada debido a la ejecución de un crimen grave, dado que esta clase de registros delictivos ocasionan que las personas vean limitadas sus oportunidades de conseguir un empleo, dado que los registros penales tienen carácter público y pueden ser consultados por quien tenga interés en ellos y normalmente quienes contratan personal suelen verificar tales registros, por ende la persona que haya sido condenada por agresión quizás sea descartada en cuanto a su solicitud de empleo.

No obstante, existen otras personas y entidades que suelen revisar tales registros, tales como los bancos, universidades, arrendadores de inmuebles, agencias que tramitan peticiones de licencias profesionales entre otras. Por ende es probable que la persona condenada no pueda acceder a muchos de esos servicios ya que sus solicitudes serán hechas a un lado.

Por otro lado, una consecuencia importante para la vida de la persona condenada es que cuando se trata de un no ciudadano de EEUU y el crimen es procesado como mayor, es probable que sea considerado como uno que involucra vileza moral, conforme a la ley sobre migración, por ende es posible que sea deportada o declarada como no admisible en el territorio del país, ello sin importar que su estadía en el país sea legal.

Asalto comparado con una agresión

Un error usual que se observa en California es que la población confunda los vocablos asalto y agresión y los usen como si se trataran de sinónimos, es decir como dos palabras que significan exactamente lo mismo. Pero, esto es poco acertado puesto que ambos términos aluden a dos crímenes totalmente distintos que incluso son regulados por separado y que por ende acarrea tratos y castigos distintos.

Considere que el asalto está consagrado por la regulación 240 PC y ocurre cuando una persona trata de usar fuerza o violencia contra otra. Diferente a lo que ocurre con la agresión, el cual es un crimen que ocurre cuando una persona efectivamente materializa el uso de fuerza o violencia contra otra.

¿Qué otros crímenes se vinculan con el de agresión?

Existen distintos crímenes que se relacionan con el de agresión, entre ellos:

  • Agresión que causa lesiones físicas serias, consagrado por la regulación 243, literal d, PC.
  • Agresión contra un agente de paz o policial, consagrado por la regulación 243, literal b y c PC.
  • Agresión doméstica, consagrado por la regulación 243, literal e, numeral 1 PC.
  • Agresión sexual, consagrada por la regulación 243, numeral 4 PC.
  • Abuso de ancianos o de adultos dependientes, consagrado por la regulación 369 PC.

¿Es posible para la víctima presentar una demanda civil?

Si, toda persona que resulte ser víctima de un crimen de agresión tiene derecho de consignar una demanda civil contra la persona acusada, fundada en los perjuicios causados por su conducta, ello con el fin de obtener una compensación debido a los gastos invertidos en su recuperación, al igual que los salarios caídos debido al tiempo sin trabajar, todo ello debido a las lesiones causadas.

Considere que para que este tipo de demanda sea presentada no se requiere que la persona acusada haya sido condenada por la corte penal, ni siquiera que se haya instaurado un juicio de tal índole, e incluso se puede presentar cuando la persona acusada es declarada inocente, igualmente una persona puede ser demandada por los daños y los perjuicios y verse obligada a pagar una indemnización.

El motivo de lo anterior es que para los juicios penales no se exigen pruebas que excedan la duda razonable, la persona demandante solo requiere dejar en evidencia que se produjo la agresión por preponderancia probatoria. La preponderancia probatoria significa que resulta más posible que no, el hecho de que la persona acusada realmente golpeó al demandante. Es un estándar probatorio menos severo que el exigido por una corte penal para declarar culpable a un acusado.

En tal sentido, durante un juicio civil a efectos de demostrar una agresión la persona demandante debe demostrar que es más probable que:

  • La persona demandada tocó a la demandante para ofenderla o dañarla.
  • La persona demandante no aprobó el contacto.
  • La persona demandante se ofendió o resultó perjudicada debido al comportamiento del demandado.
  • Una persona sensata que atravesara la situación que curso la persona demandante se habría sentido ofendida debido al contacto.

¿Existen argumentos de defensa válidos?

Son muchas y bastante variadas las defensas que una persona acusada por agresión puede usar a fin de demostrar su inocencia, pero debe considerar que esta es una fase delicada del proceso y que lo más sensato es que goce del asesoramiento y representación de un abogado que analice su situación y le indique que hacer a fin de evitar ser declarado culpable.

El hecho de que la fiscalía acuse a una persona por agresión, no quiere decir de modo obligatorio que va a ser declarada responsable, es posible demostrar que todo se trata de un error y que los cargos deben ser desechados. A tales efectos existen varias tácticas de defensa disponibles, a continuación le vamos a mencionar algunas de referencia, pero es importante que nunca trate de defenderse por sí solo, ya que ello sólo hará su situación más difícil:

  • La persona acusada solo estaba disciplinando a su hijo conforme a derecho,
  • La persona acusada no actuó deliberadamente.
  • La persona acusada actuó para defenderse a sí mismo a otro.

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Considere que buscar ayuda legal desde el inicio del proceso le puede ayudar a obtener resultados más favorables para su caso, dado que su abogado tendrá más tiempo para trabajar en una estrategia de defensa sólida que acaba por convencer al Juez sobre su inocencia y la necesidad de desechar los cargos.

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