Pasadena Criminal Attorney

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Posesión de Sustancias Controladas Para la Venta

De acuerdo a la legislación se les denomina sustancias controladas a aquellas que son reguladas y controladas por el estado puesto a que son drogas que causan dependencia y suelen ocasionar daños a la salud de gran alcance. Las más conocidas son la cocaína, heroína, LSD, las cuales son ilegales y algunas de uso médico para el tratamiento de algunas enfermedades, como la morfina y el vicodin, las cuales son controladas por el estado debido a su capacidad de crear dependencia en quien las usa. Estas últimas deben ser adquiridas en lugares definidos para ello, como las farmacias y deben ser recetadas por médicos autorizados para ello, además se debe contar con la permisología para poder venderlas y distribuirlas, todo lo demás fuera de estos puntos se considera un hecho ilícito ante los ojos de la ley.

La posesión o tenencia de una sustancia controlada para el mercadeo suele ser un delito mayor o felonía y se entiende ejecutado cuando un individuo es encontrado con estupefacientes que son de tipo ilegal o que son prescritas, con la finalidad de venderlas, normalmente estos cargos se levantan por cantidades que van desde pequeñas hasta grandes y que no indiquen que serán para consumo personal.

Cuando un individuo incurre en este tipo de ilícitos no tiene la posibilidad de acceder a los programas de desviación que tiene el estado, los cuales buscan modificar la conducta del implicado mediante la rehabilitación para lograr una reinserción social exitosa que lo mantenga alejado de los actos delictivos. Esto se debe a que dichos programas están destinados a individuos que cometen delitos menores y que se relacionan al uso personal de drogas, al ser este un ilícito mayor y que se refiere a la venta y distribución el estado no provee programas que le permitan a quienes lo cometen pues esto evitará que el mismo no cumpla con las severas condenas que las leyes tienen dispuestas para el mismo. Además si usted es extranjero o inmigrante debe saber que la comisión de este ilícito lo hace elegible para ser deportado y calificado como inadmisible según las autoridades de los organismos de inmigración.

Inclusive en este panorama oscuro siempre hay una luz al final del túnel, recuerde que aun cuando este siendo acusado usted tiene el derecho y la oportunidad de defenderse y comprobar su inocencia, en referencia a esto lo más sensato es contratar los servicios profesionales de un abogado que esté especializado en el área penal y con experiencia en casos relacionados con estupefacientes, si está enfrentando cargos por posesión o tenencia de drogas para mercadear en Pasadena,CA. Nuestro bufete Pasadena Criminal Attorney cuenta con profesionales altamente capacitados para armar estrategias de defensas adecuadas para cada situación legal específica, siempre enfocados en lograr los resultados que más beneficien a nuestros clientes. Veamos a continuación información relevante y que debe saber acerca de este delito.

¿Cómo se tipifica este delito y en donde se encuentra establecido?

Este ilícito se encuentra tipificado en la sección 11351 Código de Salud y Seguridad de California y expresa claramente que es un delito poseer o tener alguna de las sustancias incluidas en el listado de drogas controladas emitidas por las autoridades y que además el implicado tiene conocimiento de que lo que tiene en su poder son sustancias que están controladas o prohibidas por las autoridades judiciales, con el objetivo claro de venderlas.

Como en todos los crímenes para comprobar su ejecución es necesario que ocurran ciertos hechos específicos que están tipificados en la norma y que se denominan elementos constitutivos del delito, veamos en el caso de la posesión y tenencia de sustancias ilícitas o controladas con fines de lucro qué hechos deben estar presentes para que se pueda iniciar un proceso legal en contra de los implicados:

  • Que el implicado tenga posesión no legítima o justificada de una de las sustancias que están en el listado y que se clasifican como controlada.
  • Que el implicado tenga conocimiento sobre la naturaleza de la sustancia y su característica controlada.
  • Que el implicado tenga una cantidad que pueda venderse y no sea de uso personal.
  • Que el implicado posea la droga o la haya obtenido con fines de lucro.

Desarrollemos cada elemento para saber a ciencia cierta que implica cada uno y su significado dentro de la legislación:

Que el implicado tenga posesión no legítima o justificada de una de las sustancias que están en el listado y que se clasifican como controlada.

Dentro de este elemento coexisten 2 situaciones que deben explicarse, La posesión “NO legitima” y “Sustancias Controladas”.

Primero hablemos de la posesión o tenencia, se refiere a tener algo en su poder, existen 3 tipos de posesiones: real, conjunta o articulada y constructiva, expliquemos específicamente a que se refieren cada una de ellas.

  • Posesión real: se refiere a que la tenencia es de forma física, o sea que la lleva encima de su cuerpo ya sea en su mano, en alguna parte del cuerpo en en la vestimenta como por ejemplo el bolsillo de su pantalón o un secret pocket de la ropa interior.
  • Posesión constructiva: se refiere a que usted tiene control del lugar donde se almacena la sustancia encontrada, por ejemplo su automóvil, un locker de la universidad o su dormitorio.
  • Posesión conjunta o articulada: esto se refiere a que la sustancia y su tenencia es controlada por varios individuos, puede ser el caso de una mochila que utilizan 3 personas para un día de picnic.

Cómo puede deducir no es obligatorio que usted sea encontrado con las sustancias en la mano para verse implicado en esta situación y enfrentar una acusación formal por la ejecución del mismo, si es conseguida en un bien o propiedad como su habitación o su auto se asumirá que es de usted pues está bajo su control.

En cuanto a la tenencia conjunta es muy común que personas inocentes se vean involucradas en situaciones difíciles e incluso son sentenciadas si no tienen la forma de demostrar que no sabían de la existencia de la sustancia o de su naturaleza. Un ejemplo que puede darnos una visión clara sobre la tenencia conjunta es que 2 estudiantes universitarios comparten una habitación en el campus universitario, dentro tienen una pequeña mesa de noche donde ambos guardan sus objetos de aseo uno de ellos guarda varios envoltorios con cocaína y el otro asume que es bicarbonato o algo similar, un dia hacen una revisión en los dormitorios y consiguen la sustancia antes mencionada, por lo cual ambos son arrestados y sometidos a una investigación, sin embargo la defensa del estudiante que no tenía conocimiento sobre el carácter ilegal de la sustancia encontrada, puede utilizar como defensa principal el desconocimiento de la naturaleza de la sustancia por parte del acusado.

Tambien podria ser que usted sea invitado por un amigo a una reunión social, su amigo que es vendedor de vicodin tiene en su carro unas pastillas en la guantera del vehículo donde lo va a buscar, durante el trayecto su amigo comete una infracción de tránsito por lo cual es detenido por una patrulla y durante la revisión le consiguen la droga antes mencionadas, por un hecho como este usted también podría ser arrestado, pero tiene la posibilidad de salir bien librado si cuenta con asesoría legal adecuada.

En cuanto a la ilegalidad de la tenencia, la norma se refiere a ciertas sustancias que están controladas por el estado y que deben ser prescritas por médicos autorizados para el tratamiento de algunas enfermedades, la ilegalidad parte de tener estas sustancias sin la autorización requerida, esto se debe a que estos medicamentos suelen ocasionar dependencia y abuso en aquellos que los usan sin la supervisión médica adecuada, en el caso de otras sustancias estupefacientes como la cocaína no existe justificación legal que permita su tenencia, a menos que sea adjunto a un cuerpo de autoridad del estado y tenga autorización para ello.

En referencia a sustancias controladas, se refiere a aquellas sustancias que son controladas por el estado en relación a su distribución, venta, uso y consumo. De acuerdo a la norma estas sustancias están listadas en la ley bajo 5 categorías cuyo orden va desde la 5 que incluye las más dañinas y que producen mayor nivel de dependencia, estas están bajo un profundo control puesto que sus consecuencias en el cuerpo humano suelen ser devastadoras incluso llevar a quien las consume a inclusive morir, hasta la categoría 1 donde encontramos medicamentos que deben ser adquiridos bajo prescripción médica y que tenga como justificación un tratamiento médico para una enfermedad. Algunas de estas se conocen con el nombre de cocaína, heroína, LSD, oxycontin, ketamina, codeina, vicodin, xanax, peyote, entre otras similares.

Que el implicado esté en conocimiento de que la sustancia que posee es de tipo controlada.

Este es otro de los elementos que debe comprobar el Fiscal para que se pueda emitir una sentencia condenatoria en contra del acusado, la misma se refiere a que el sujeto al que se le acusa de tenencia o posesión debe tener claro conocimiento de lo que tiene en su poder, sin embargo no es obligatorio que se compruebe su falta de conocimiento sobre lo que le fue incautado en muchos casos el solo hecho de tenerla es suficiente para que sea acusado de tener una sustancia de tipo ilegal. Ahora bien veamos algunos casos donde se hace obvio que el implicado no tenía conocimiento del tipo de sustancia que tenía.

Casey es madre de Tonya un día le presta su automóvil para salir con unas amigas, Tonya suele mercadear Xanax y por descuido deja una cantidad considerable de la droga en el carro, Casey al otro día toma su carro y parte hacia el trabajo, en el trayecto comete una infracción de tránsito y es detenida por la policía, durante el cateo del vehículo el oficial consigue la sustancia y procede a arrestarla, sin embargo durante la investigación se comprueba que la madre de Tonya no conocía que poseía la sustancia por lo tanto es absuelta.

Otro ejemplo similar es el de Clara y Sara, quienes son dos amigas que comparten una habitación en la universidad y un día se da un allanamiento en el campus, cuando la habitación es requisada los oficiales consiguen una cantidad considerable de Valium, al ser interrogadas Clara afirma que sabía de las pastillas y su naturaleza pero pensaba que Sara tenía prescripción que la autoriza a tener el medicamento, bajo estos hechos Clara no debe ser presentada antes de las autoridades por este hecho ilícito.

Que el implicado tenga una cantidad que pueda ser usada para intercambio comercial y no solo para consumo personal.

Cuando la norma usa el término “cantidad considerable para el mercadeo” se refiere a cantidades que puedan ser usadas para mercadear y no sólo para uso personal o restos de la sustancia. Sin embargo esto no se refiere o implica a que sea una cantidad específica o que su nivel de pureza sea alta, se refiere específicamente a cantidades mercadeables y que superen las cantidades normales que un individuo use para consumo personal, entonces si a algún individuo le consiguen restos de cocaína en una gaveta en su casa o porque le encontraron un frasco con la etiqueta de Xanax, e inclusive si le consiguen 1 o 2 Gramos de cocaína no puede ser acusado de infringir esta norma.

¿Cuáles elementos deben comprobarse ante el Juez para ser declarado culpable bajo este ilícito y como?

De acuerdo a la legislación la Fiscalía es la encargada de comprobar la culpabilidad del acusado y de que todos los elementos del delito coexistieron durante el mismo. Estos elementos son ,los que nombramos anteriormente, Posesión o tenencia ilegal, conocimiento por parte del acusado, que sea una cantidad mercadeable y que su finalidad es la venta; pero ahora veamos cómo y con herramientas la Fiscalía los comprueba:

  • Posesión o tenencia ilegal: para la comprobación de este elemento el Fiscal se basa en el informe realizado por los oficiales que realizaron la detención, videos o imagenes del cateo, la declaración dada por el mismo acusado ante las autoridades que lo detuvieron, esto lo sustenta con la teoría de que el lugar donde estaba la sustancia es de su total control o que compartía dicho control con alguien mas, estas pruebas y herramientas para demostrar su culpabilidad no son excluyentes y la parte acusadora puede hacer uso de otras más.
  • Conocimiento: La Fiscalía basa este punto en señales, la más común es que durante el arresto el implicado intentó huir, se puso nervioso o la sustancia hallada estaba guardada de tal forma que se hace obvio que estaba escondida y que el implicado estaba al tanto de que sus acciones no eran muy legales, de igual forma la contraparte revisa su declaración para obtener indicios de que el implicado sabía lo que su comportamiento significaba y conocía la naturaleza de la sustancia hallada.
  • Cantidad Razonable para el mercadeo: la Fiscalía se basará en el informe policial que se realiza sobre el allanamiento puesto que ahí se indica la cantidad encontrada al momento, y si esta es mercadeable.
  • Que la finalidad de la tenencia es el lucro: el Fiscal puede apoyarse en el informe de los agentes y si en el lugar del allanamiento se consiguieron otras pruebas como parafernalias de drogas, los cuales incluyen pesos, bolsitas para empaquetar, químicos en grandes cantidades (para el procesamiento de la droga), grandes cantidades de dinero en baja denominación, grabaciones del intercambio de droga por dinero, etc.

¿Cuáles sanciones suelen dictaminarse por la ejecución de este ilícito?

Este ilícito se sanciona normalmente como una felonía y aquel que es encontrado culpable se enfrenta a las siguientes sanciones:

  • Pena de privativa de libertad por un tiempo que oscila entre los 2 y los 4 años, la cual debe ser cumplida en una prisión del Condado.
  • Imposición de libertad condicional, cuando esto sucede se castiga con un año de prisión en una prisión adjunta al condado.
  • Cancelación de $20,000 por concepto de multa judicial.

Hay una variedad de agravantes relacionados con el tipo de droga y la cantidad de la misma, veamos a continuación cuales son y a qué castigos se enfrenta quien incurre en este delito:

  • Si la sustancia es base de cocaína el castigo a imponer es la pena privativa de libertad por un periodo que oscila entre los 3, 4 y 5 años que debe ser cumplida en una prisión del condado y adicionalmente se debe cancelar una multa de aproximadamente $20,000.
  • En el caso de que la sustancia sea heroína, cocaína o base de cocaína se le adicionará una sanción en base al pesaje total de la cantidad encontrada y será de la siguiente manera:
    • Pesaje mayor a 1 kilogramo se adicionan 3 años a la pena de privativa de libertad primaria.
    • Pesaje mayor a 4 kilogramos se adicionan 5 años a la pena privativa de libertad primaria.
    • Pesaje mayor a 10 kilogramos se adicionan 10 años a la pena privativa de libertad primaria.
    • Pesaje mayor a 20 kilogramos se adicionan 15 años a la pena privativa de libertad primaria.
    • Pesaje mayor a 40 kilogramos se adicionan 20 años a la pena privativa de libertad primaria.
    • Pesaje mayor a 80 kilogramos se adicionan 25 años a la pena privativa de libertad primaria.

Para cualquiera de los escenarios anteriores la multa judicial podría ascender a los 8 millones de dólares.

  • Si el implicado tiene condenas anteriores por ilícitos relacionados con drogas, exceptuando el de posesión para consumo personal, se le adicionaran 3 años por cada una de las condenas anteriores que debe ser cumplida de forma inmediata y consecutiva.

¿Bajo estos cargos califico para un programa de beneficio procesal o de desviación?

Ante todo expliquemos que estos programas son beneficios procesales que le permiten a cualquier acusado por ilícitos relacionados con las drogas, evitar una estancia en prisión, teniendo que cumplir con programas de educación sobre el abuso y dependencia de las drogas y rehabilitación que le permita tratar su adicción. Lo beneficioso de estos programas, además de que le evitan pasar tiempo en la cárcel es que una vez ha finalizado exitosamente lo impuesto por el Juez, el mismo desestimará los cargos y no quedarán anotaciones sobre el ilícito en su récord criminal.

Ahora bien, para que usted pueda acceder a cualquiera de los programa de desviación relacionado a ilícitos de drogas debe cumplir con un requisito muy importante y es que lo inculpe de un delito menor, es decir la posesión simple de drogas, para esto su abogado debe negociar una reducción de cargos, esto dependerá de la solidez de las pruebas de la Fiscalía en relación a la intención de mercadear con la sustancia, además no debe tener récord criminal relacionado con crímenes violentos, de índole sexual, drogas o cualquier otra felonía en los 5 años antes de la nueva acusación.

¿Si soy inmigrante una condena por posesión o tenencia de una sustancia controlada con fines de lucro puede afectar mi estatus migratorio?

La respuesta es afirmativa, los ilícitos relacionados a drogas son considerados crímenes de vileza moral, por lo que una sentencia condenatoria afectará negativamente su estatus migratorio si es extranjero y vive en EEUU.

La leyes de inmigración y Nacionalidad Federal estipula una serie de delitos que de obtener una sentencia condenatoria puede ser catalogado como deportable y como no admisible, para basarse en esta decisión las autoridades correspondientes no consideran si usted posee negocios o relaciones comerciales dentro del país, tampoco si tiene propiedades legalmente adquiridas o si sus hijos y cónyuges son ciudadanos norteamericanos, es decir que no importa su estatus económico o migratorio, usted será declarado como deportable y no admisible tras haberlo encontrado culpable por posesión o tenencia de drogas para la venta.

Ser catalogado como inadmisible es simplemente una clasificación que se les da a los individuos que por diversas razones no pueden entrar a territorio norteamericano o solicitar visa con el mismo fin.

Por todo lo anteriormente mencionado es que se hace imperativo que usted contrate los servicios de un abogado defensor especialista en casos relacionados a delitos de droga y que conozco a profundidad las leyes migratorias del país para lograr obtener la sentencia más favorable en su caso y no afecte sus estatus migratorio actual.

¿Que defensas están permitidas para enfrentar cargos relacionados a este ilícito?

La defensa de un acusado bajo cualquier cargo estipulado en las leyes es un derecho irrevocable para los ciudadanos que hacen vida en el país, en el estado de California no es la excepción. Ahora bien contar con una defensa adecuada depende en gran medida del tipo de abogado que contrate, es decir es necesario buscar un profesional que se especialice en el delito por el cual está enfrentando la ley, esto le dará una pequeña ventaja pues la defensa estará basadas en los puntos claves que necesitan ser atacados para obtener el mejor resultado posible.

Defensas hay muchas pues estas dependen de los hechos específicos de cada caso y en base a los medios probatorios disponibles para el acusado, sin embargo existen líneas defensivas predeterminadas que suelen aceptarse dentro de las cortes, veamos aquellas que se pueden usar para hacerle frente a cargos relacionados con la posesión o tenencia de drogas:

  • La evidencia no es suficiente para condenar al acusado.
  • Falta de conocimiento sobre la naturaleza de lo que fue hallado.
  • Prácticas policiales fuera de la ley.

¿Dónde localizar un abogado especialista en delitos de drogas cerca de mi?

Enfrentar situaciones donde existe la posibilidad de ser condenado por la ejecución de un ilícito asociado a las drogas es una situación estresante y agobiante no solo para el inculpado sino para su entorno familiar, por eso en Pasadena, CA usted cuenta con la firma de abogados con mayor trayectoria Pasadena Criminal Attorney, contamos con un staff de profesionales con una larga y exitosa trayectoria en el mundo del derecho criminal. Cada uno especializado en las diferentes áreas de prácticas enfocados en obtener resultados positivos en la medida de lo posible.

Recuerde que su futuro depende de los resultados obtenidos en su proceso penal, no espere mas y llamenos al 626-689-2277 donde con gusto contestaremos sus interrogantes sobre su proceso penal y empezaremos a armar estrategias defensivas que le permitan salir lo mejor parado de este momento difícil, ¿lo mejor de todo? Esta primera consulta será gratuita y confidencial. ¡Llama ya!

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