La prostitución ha sido calificada como uno de los empleos más antiguos en la sociedad humana, pero no ha dejado de ser tipificada como una conducta ilícita por el cual se aplica a quien la ejerce serias sanciones equivalentes a multas y pasar tiempo en prisión. En California la prostitución no se encuentra legalmente reconocida, aunque en otros Estados de los Estados Unidos ha sido reconocida como una actividad lícita.
Es por ello que aún en este Estado se encuentra tipificada dentro de una categoría concreta de hechos punibles, que son las conductas ilícitas sexuales, conocidas por los nombres de Solicitación y Prostitución. La prostitución está tipificada como una acción en la que un individuo ofrece el intercambio de favores sexuales por medio de la recepción de beneficios económicos, que puede ser directamente una cantidad de dinero, o la obtención de servicios u otros bienes y se diferencia de una solicitación en que esta conducta se produce cuando un individuo requiere o solicita actos de prostitución de otro, haciéndole una solicitud directa, clara y concreta.
Cada uno de estos tipos legales posee sus propias complejidades y complicaciones, por ello, haremos un análisis general de estas conductas ilícitas, con el propósito de explicar un poco sus efectos jurídicos y los efectos que ejecutarlos puede acarrearle a los individuos, sin que este contenido pretenda convertirse en una verdadera asesoría legal.
¿Dónde se puede encontrar asesoría legal en estos casos?
Se debe buscar entre las firmas de abogados más experimentadas y competentes, y en Pasadena CA, una de las más competentes es Pasadena Criminal Attorney, porque tenemos abogados con las credenciales y la práctica profesional que se requiere para ayudarle a superar con éxito una acusación por Solicitación o por Prostitución, que conocen la forma en que los mismos son procesados por la representación fiscal y por las Cortes, y saben cuáles son las estrategias y los argumentos con los que se deben impugnar esta clase de acusaciones, para debilitar las evidencias de la parte acusadora y lograr a favor de sus defendidos la necesaria reducción de los cargos, e incluso hasta que sean desechados por el Juez, dependiendo de las circunstancias que hayan concurrido con los hechos, por ello, no hay mejor asesoría legal que usted pueda conseguir, razones más que suficientes para que se ponga en contacto con nuestras oficinas inmediatamente, para que pueda evitar los terribles efectos que una acusación de esta clase puede tener en su vida futura y en su buen nombre y reputación.
¿Cómo está regulada la conducta ilícita de prostitución?
La disposición 647 (b) del Código Penal en California es el que tipifica la prostitución como la acción de intercambian dinero o cualquier otra clase de compensación en servicios o bienes dando a cambio favores de tipo sexual.
Igualmente, podría calificarse como una conducta ilícita de prostitución una conducta lasciva, lo que consiste en hacer contacto con los genitales de un individuo o pedir que los mismos sean tocados, con el objetivo de obtener una gratificación de naturaleza sexual, siempre que a cambio de ello se obtengan beneficios económicos.
En palabras más sencillas, cuando un individuo accede a sostener relaciones de tipo sexual o se deje tocar las partes genitales, recibiendo a cambio una cantidad de dinero, drogas o cualquier clase de compensación representada en servicios o bienes, se considera que ha cometido la conducta ilícita de prostitución.
Algo que debe tenerse en cuenta es que en un caso de prostitución, tanto el acompañante como el cliente que requiere los servicios sexuales pueden ser encontrados responsables por esta conducta ilegal.
¿Cuándo se incurre en la conducta ilícita de solicitación?
La conducta ilegal de la solicitación se entiende ejecutada cuando un individuo solicita de otro algún servicio de naturaleza sexual, ofreciendo a cambio da un beneficio de tipo económico o cuando se puede demostrar la existencia de la utilización de algún mecanismo para persuadir a otro a que le suministre un servicio de prostitución.
Este tipo de solicitudes para sostener relaciones sexuales tiene que haber sido bien establecida, de forma clara y directa, por lo menos de parte de uno de los individuos intervinientes. Esta invitación a realizar una actividad de tipo sexual o su aceptación, o ambas, tiene que ser consciente y deliberada.
Para esta clase de conductas ilícitas, el sólo hecho de incitar a otro en una conversación, ofreciendo favores sexuales, justificaría una acusación por las mismas.
¿Cuál es la diferencia entre ambas conductas?
Lo primero es que ambas conductas son calificadas como hechos punibles de naturaleza sexual, pero la prostitución exige un intercambio de una contraprestación económica o dinero por sexo, así como por ejecutar actos lascivos, esto es, cuando un sujeto acepta llevar a cabo una actividad sexual obteniendo a cambio la respectiva compensación, en cambio, la solicitación, tal como expresa su nombre, requiere que se realice una solicitud de llevar a cabo actos de prostitución, mostrando una intención directa y clara, pero no se exige que el acto sexual en sí mismo sea consumado.
¿Cuándo se entiende que un individuo incurre en esta clase de conductas ilícitas?
Se entiende que un individuo incurre en esta clase de conductas ilícitas cuando:
- Acepta tomar parte en actos de prostitución.
- Formó parte de estas actividades, o
- Solicitó a otro que participará en actos de esta naturaleza.
Cualquiera de estas conductas hace que estemos ante un hecho ilícito de naturaleza sexual, de acuerdo con la norma que regula estas actividades ilegales.
¿Cuáles son las acciones que determinan que un sujeto tomó parte en esta clase de conductas?
Cuando un sujeto participa de manera voluntaria para tener actos lascivos o relaciones sexuales con otro, para obtener una contraprestación de tipo económico.
Cuando se dice que la participación debe ser voluntaria, quiere decir que un sujeto está llevando a cabo una actividad de manera consciente, aunque se desconozca que la misma se ejecuta en contra de lo que disponen las leyes.
¿Cuáles son las acciones que determinan que un sujeto tomó parte en actos de prostitución?
Lo que se necesita es que un individuo haya tenido el propósito de tomar parte en actos de prostitución para que se determine que el mismo tuvo el propósito de tomar parte en actos de prostitución, lo que se considera como un hecho delictivo, esto es, que exista el propósito firme de mantener una relación sexual con otro individuo, y que se tuvo una intención clara se hacerlo cuando se tomó parte en la actividad, así como que se realizaron todos los actos que se requieren para que se promueva la ejecución de esta clase de conductas.
Cuando hacemos alusión a actos que se requieran para que se promueva la ejecución de estas conductas, nos referimos a actos de los que se solicita a otro individuo que lleve a cabo una conducta de prostitución, esto es, hacer una solicitud para sostener relaciones de tipo sexual, ofreciendo que se dará a cambio alguna compensación económica que implique el intercambio de dinero y hasta de drogas.
Es necesario también que exista una intención clara de tomar parte en los actos de prostitución, y sólo así un sujeto puede ser declarado responsable desde el punto de vista penal.
¿Si un individuo no ha cumplido los dieciocho años, podría ser encontrado responsable?
NO. Los menores de dieciocho años no pueden ser declarados responsables por crímenes de prostitución, no obstante, si fuera este el escenario, esto es, que el menor de edad esté inmiscuido en actos de esta naturaleza, lo que ocurre legalmente es que las leyes lo calificarán como ‘menor de edad que está siendo explotado sexualmente de manera comercial’.
¿Qué debe tomar en consideración un individuo acusado por esta clase de conductas ilícitas?
Lo primero es tomar nota mental de todos los hechos que rodearon la situación por la cual fue detenido, ya que cada uno de ellos puede resultar bastante relevante para determinar si efectivamente se ha ejecutado la conducta ilícita. Por tales razones, es importante recordar todos los elementos relacionados con el incidente, por insignificantes que puedan parecer, ya que la naturaleza de alguno de ellos podría fundamentar una exitosa defensa en su favor. Por tanto, es importante tomar nota de las fechas, los lugares y hasta los individuos que estaban con el sujeto al momento de su detención y cualquier otra información o actividad que pueda recordar.
Seguidamente, hay que recopilar todas las evidencias que puedan actuar en su favor, como cualquier prueba de la que pueda evidenciarse que el sujeto no tomó parte en una actividad sexual, y hasta demostrar que no estaba en el sitio en el que ocurrieron los hechos, esto es, una evidencia esencial que lo exculpe de tal acusación, demostrando con ello que el sujeto no accedió ni ofreció ninguna transacción por servicios de naturaleza sexual.
Por último, cuando el sujeto haya podido organizar los hechos antes explicados, se requiere de la ayuda jurídica más conveniente, para lo cual necesitará abogados especializados en ésta área de conocimientos legales, sepa todo lo relacionado con la defensa de los derechos del detenido e incluso pueda determinar si en el momento de ser arrestado ocurrió alguna actividad inadecuada, ejecutada por los oficiales de policía actuantes.
Esto justifica la importancia de obtener los consejos legales de verdaderos abogados especializados, ya que el hecho de ser acusado de prostitución no quiere decir, ni mucho menos, que un individuo va a ser encontrado responsable por el mismo, por ello es sumamente importante contratar los servicios legales de abogados expertos en esta área del derecho criminal, para que se pueda consolidar una defensa con una base sólida, que permita que los cargos sean educidos, y hasta es posible que sea exculpado de los hechos por los que fue acusado.
¿Qué tipo de cargos son impuestos por esta clase de conductas ilícitas?
Cuando se presentan cargos por la violación de las normas que declaran como ilegales las actividades de solicitación y de prostitución en California, en principio, son calificados como delito menor, no obstante, la condena a imponer va a depender de ciertas características que pueden haber estado presentes en los hechos, como el sitio en el que el presunto hecho ilícito fue ejecutado; si se trata de la primera ocasión en la que es cometido un hecho punible de esta naturaleza, así como de otros elementos. Esto quiere decir que la Corte tomará en cuenta si el imputado posee antecedentes criminales, así como las circunstancias concretas de los hechos.
Las penas que se imponen a un procesado que es encontrado responsable por estas conductas ilícitas en primera ocasión son:
- Hasta 6 meses de prisión,
- Multa judicial que puede llegar a $ 1.000,
- O ambas sanciones de forma conjunta.
En caso de que se trate de la segunda oportunidad en que el imputado es declarado responsable de un hecho punible de esta naturaleza, será obligatorio imponerse una permanencia en prisión mínima de cuarenta y cinco días.
Pero, si se trata de la tercera ocasión en que el sujeto lleva a cabo esta actividad ilegal, la sanción de prisión mínima obligatoria es de noventa días, e incluso el lapso puede ser mayor.
Se debe destacar que, aunque las leyes establecen que estas conductas se tipifican como crímenes menores, en caso de que concurran con los hechos determinadas circunstancias, podrían ser calificadas como felonías agravadas, entre cuyos efectos puede encontrarse que el imputado sea deportado del país, en caso de que no sea ciudadano de los EEUU.
¿Cuáles son las características especiales presentes en los hechos que podrían agravar las penas que se deben imponer por esta clase de conductas ilícitas?
Entre las condiciones agravantes que pueden presentarse en los hechos y que legalmente justifican el incremento sustancial de las sanciones que se pueden imponer al imputado, y que dependerán del caso concreto, se encuentra el hecho de que la conducta se llevó a cabo en el interior de un auto del cual sea el dueño, lo que justificaría que el permiso para manejar del imputado sea objeto de suspensión, y que tenga que tramitar un permiso limitado, que sólo le permitirá trasladarse solamente desde o hacia determinados lugares, como su lugar de empleo, su casa o su centro educativo.
Si el imputado es un no ciudadano, y es declarado convicto de este tipo agravado de conducta ilícita de naturaleza sexual, hará cometido un hecho ilícito de los considerados como de vileza moral por la Ley de Inmigración de los EEUU, en cuyo caso será candidato para un procedimiento de deportación a su país de origen y ser declarado inadmisible, de manera que no podrá ingresar nuevamente a este territorio en el futuro, teniendo que perder todo lazo con su familia y con su comunidad, aunque su permanencia en el país fuera legal antes de haber cometido el hecho por el cual fue encontrado responsable, sin que pueda alegarse que el convicto posee bienes o tiene hijos norteamericanos para impedir que ello ocurra.
¿Una condena por esta clase de conductas ilícitas obligará al convicto a registrarse como un ofensor sexual?
De forma general, un individuo que fue encontrado responsable por las conductas de solicitación o de prostitución NO será obligado a registrarse como ofensor sexual. No obstante, en ciertos casos, el Tribunal que llevó el procedimiento podría concluir que la ejecución de la conducta se llevó a cabo para poder dar satisfacción a ciertas necesidades sexuales, o llevado a cabo por causa de una compulsión sexual, y bajo este escenario, el Juez podría considerar que es necesario que el convicto se registre como ofensor sexual.
¿Existen otras conductas ilícitas que se relacionen con la solicitación y la prostitución?
- Exposición indecente: cuando un sujeto muestra de forma intencional sus partes genitales a otro, con el propósito de obtener una gratificación de tipo sexual, o para avergonzarlos, molestarlos u ofenderlos.
- Conductas lascivas: este hecho punible se refiere a toques o contactos de naturaleza sexual, que se ejecutan en lugares públicos, en los que puedan ser encontrados individuos que se sentirían avergonzados y hasta ofendidos por estas actividades.
- Asistir o supervisar actos de prostitución: esta conducta ilícita se refiere a que un sujeto haya llevado a cabo acciones tendientes a colaborar o prestar su asistencia para que otro individuo se prostituya, esto es, que haya cooperado con una prostituta para que la conducta de prostitución sea ejecutada. Ejemplos de esta clase de actividades ilícitas son colaborar transportándola a los sitios en los que se debe encontrar con los potenciales clientes o hacer el papel de colaborador.
- Proxenetismo: es una conducta ilícita de naturaleza sexual, por medio de la cual un individuo, teniendo conocimiento de que otro es una prostituta, obtiene el beneficio total o parcial en las ganancias derivadas de dicha actividad o parte del dinero que es obtenido por la misma.
¿Hay argumentos defensivos que se utilicen frecuentemente para combatir los cargos de solicitación o de prostitución?
Todo sistema legal penal establece argumentos defensivos que pueden ser utilizados por los imputados por esta clase de hechos ilícitos, pero no todos ellos tendrán el mismo éxito frente a éstas acusaciones, porque la eficacia de cada línea defensiva va a depender de las características especiales que hayan rodeado los hechos, que hacen que un argumento pueda ser más eficaz que otro, de manera que se necesitan los servicios de abogados conocedores y experimentados, puedan hacer un análisis a fondo de los mismos y puedan determinar cuál línea defensiva puede resultar más exitosa en un caso concreto, llegando a disminuir la gravedad de la acusación, y hasta es posible que se pueda lograr la exculpación de sus defendidos en los cargos que hayan sido formulados por la representación fiscal.
Ahora bien, entre las estrategias legales de defensa que son de uso común para impugnar una acusación por solicitación o prostitución, podemos mencionar:
Las pruebas son insuficientes
Las evidencias son las que determinan la posibilidad de que un procesado pueda ser encontrado responsable de una conducta ilícita, y si existe una debilidad en las mismas, ésta será encontrada por el abogado defensor para demostrar que no son suficientes para demostrar que su defendido cometió la conducta ilícita de la que fue acusado.
Puede ser que el procesado haya sido detenido sin evidencias concluyentes, explícitas y suficientemente documentadas de que se llegó a un acuerdo para ejecutar la actividad ilegal de la que se le acusa, esto es, realizar una actividad sexual obteniendo como contraprestación una compensación de tipo económico. En este escenario, no existirán evidencias que demuestren su participación en los hechos por encima de cualquier duda que pueda ser razonable.
No hubo intencionalidad
Uno de los elementos constitutivo de esta clase de conductas delictuales es la intencionalidad real y efectiva de haber querido tomar parte en una actividad sexual, y si tal intencionalidad no existió, el procesado no podría ser declarado responsable por esta actividad ilícita, esto es, que para encontrar a un imputado responsable de un hecho punible, se requiere de la existencia de evidencias concretas que demuestren que el mismo tuvo la intención de tomar parte en los hechos.
El imputado fue víctima de una operación policial encubierta
En este escenario, se puede alegar que hubo mala conducta policial cuando una dama que es oficial de la ley se disfraza de prostituta para fungir de carnada y atraer a individuos para convencerlos de mantener relaciones sexuales con ellas a cambio de un pago, utilizando cualquier artimaña posible, incitando a individuo que normalmente son cumplidores de las leyes, a llevar a cabo actividades ilícitas de esta clase.
Bajo estos supuestos, el imputado habrá sido víctima de mecanismos de persuasión, de halagos y de hasta el ofrecimiento de cantidades absurdas de dinero, por lo que se deben tomar en consideración las actividades desplegadas por el agente policial para persuadir al imputado a ejecutar el hecho ilícito.
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Las complicaciones que se pueden derivar de una acusación por solicitar u ofrecer servicios sexuales en Pasadena CA, pueden ser insospechadas, y si usted se encuentra en este escenario, debe asegurarse de contratar abogados especializados y experimentados en esta clase de conductas ilegales, como los que trabajan en Pasadena Criminal Attorney, que podrán hacer un análisis completo de los hechos que la representación fiscal tiene en su contra y hallarás las debilidades en las evidencias que se necesitan para disminuir la gravedad de los cargos, e incluso puede ser que encuentren la manera de que usted sea exculpado de los mismos, pero sólo podrá tener este beneficio si se pone en comunicación con nosotros lo más pronto posible.
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