Pasadena Criminal Attorney

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Robo 459 PC

La ley del estado de California regula una serie de delitos de hurto, siendo uno de los mismos el robo. Este se comete cuando un individuo entra a una propiedad con la única intención de ejecutar un delito grave. Aunque parece ser fácil demostrar la comisión de este delito, en una gran cantidad de casos se acusa a otras personas de ingresar ilegalmente a una propiedad por venganza, celos o rencor. Por esta razón, estamos dispuestos a ayudarlo a defenderse contra los cargos de robo.

Para evitar las consecuencias severas que puede entrañar una condena, debe llamar a Pasadena Criminal Attorney, ubicado en Pasadena, California. Nuestros abogados penalistas tienen un vasto conocimiento de la ley y el procedimiento penal del estado de California. Además, evaluarán todas las evidencias presentadas por la fiscalía para encontrar sus debilidades y se enfocarán en el desarrollo de una estrategia defensiva idónea para alcanzar un resultado positivo.

¿Cuáles son los tipos de robo en California?

Existen dos tipos de delitos de robo en el estado de California, los cuales son los siguientes:

  • Robo en primer grado. Este delito ocurre cuando la mencionada estructura es un lugar de residencia.
  • Robo en segundo grado. Se comete cuando la estructura mencionada es cualquier otro edificio distinto a un lugar residencial.

El robo en primer grado suele ser denominado robo residencial. Mientras que el robo en segundo grado es llamado robo comercial. Para ayudarlo a lograr una mejor comprensión de las definiciones, explicaremos qué se considera un lugar residencial en California.

Un área residencial puede ser cualquiera de los siguientes:

  • Una casa habitada.
  • Una habitación ubicada dentro de una casa ocupada.
  • Un barco ocupado.
  • Un remolque ocupado.
  • Una casa flotante ocupada.
  • Una parte ocupada de cualquier tipo de edificio.
  • Una habitación de un motel u hotel ocupada.

En este caso, “habitado” u “ocupado” significa que otra persona está utilizando esa habitación o estructura como su vivienda. Cabe destacar que esto no significa que las personas que viven en ese lugar tienen que estar en casa durante la comisión del delito para que el perpetrador sea declarado culpable de robo.

La estructura o habitación se considera deshabitada o desocupada si la persona que estaba viviendo allí se fue y no tenía el propósito de regresar. Sin embargo, si los residentes se mudaron como consecuencia de un fenómeno natural o un suceso similar, la ley seguirá considerado habitada la estructura.

Por ejemplo, algunas personas fueron evacuadas de sus viviendas debido a la presencia de goteras en los techos, por lo que tales casas estarán desocupadas por cierto tiempo hasta que se solvente el problema. Si una persona ingresa a cualquiera de ellas y hurta varios artículos mientras sus propietarios no están, esta persona sería culpable de robo en primer grado. Aunque las viviendas permanezcan deshabitadas, los propietarios únicamente se fueron por un motivo específico, y regresarán pronto una vez que se resuelva el problema.

Es importante destacar que cualquier construcción que esté conectada a una casa, con toda la funcionalidad de la casa adjunta, se considera parte de la misma conforme a la regulación del robo. Esto significa que, si se comete un hurto mayor en el garaje de una persona, esta puede presentar cargos por robo en primer grado si el garaje está adjunto a su casa. Sin embargo, si el garaje no está conectado a la casa, cualquier hurto o felonía que se cometa en el garaje separado será considerado un robo en segundo grado.

¿Cuál es la definición legal del robo?

En el estado de California, el robo está prohibido por el artículo 459 del Código Penal. De conformidad con esta disposición, consiste en el ingreso a un lugar o edificio, ya sea comercial o residencial; para cometer un hurto o felonía una vez dentro. Cabe destacar que para que ocurra el robo basta con entrar a la estructura con el fin de cometer uno de los delitos mencionados, lo cual significa que será culpable de robo, aunque no haya materializado el hurto o felonía.

Esta disposición es utilizada para acusar a cualquier individuo que ingrese a una habitación, casa, apartamento, tienda, vivienda, almacén, establo, una embarcación, tienda de campaña, anexo, y cualquier otro edificio; con el plan de cometer un hurto, ya sea menor o mayor, o cualquier delito distinto que se considere una felonía.

Para una mejor comprensión de la ley, debemos explicar a detalle los elementos que constituyen el delito, los cuales son hechos que el fiscal debe demostrar por encima de la duda razonable ante el tribunal para que el sospechoso sea declarado culpable. Estos son los siguientes:

  1. El acusado entró a una estructura, edificio, o vehículo cerrado.
  2. Cuando el acusado ingresó, tenía planeado perpetrar un delito menor o una felonía consagrado en la ley de California.
  3. Que una o todas las siguientes declaraciones son verdaderas:
  • La estructura a la cual se cree que entró el acusado no es un edificio comercial.
  • El valor de lo que hurtó o tenía la intención de hurtar era de $950 o más.
  • La estructura a la cual entró era un edificio comercial y su entrada ocurrió fuera del horario laboral.

Debe tener en consideración que, una persona incurre en robo al ingresar a una de las estructuras mencionadas pretendiendo cometer un hurto o una felonía, incluso si no materializa uno de estos delitos.

Por ejemplo, un empleado está trabajando desde temprano cuando ingresa a la oficina de su jefe con la intención de hurtar un artículo valioso que este mantiene en la misma. Estando dentro, se encuentra con una empleada de limpieza, por lo que no puede tomar el objeto. De manera que, se disculpa y abandona el lugar apresuradamente. En tal caso, el empleado puede ser culpable de robo aunque no haya hurtado el bien, ya que ingresó a una oficina a la que no tenía permitido ingresar en dicho momento, con la intención delictiva de hurtar algo de valor.

En el supuesto contrario, si el acusado no hubiese tenido el propósito de perpetrar un hurto o cualquier delito distinto que sea una felonía al ingresar a la mencionada estructura, no sería declarado culpable de robo.

Ahora bien, supongamos que Alejandro y Luisana están separados legalmente, por lo que Alejandro se ha mudado con uno de sus amigos. Una tarde después del trabajo, Luisana encuentra a Alejandro en su casa e inmediatamente llama a los funcionarios policiales. Este último indica que el único motivo por el cual regresó fue para recoger varias pertenencias que había dejado en la casa al mudarse. Pero Luisana lo acusa de regresar para herirla.

Aunque Alejandro había sido condenado previamente por violencia doméstica antes de la separación, la fiscalía no tiene forma de probar que Alejandro actuó con una intención de lastimar a Luisana. Por lo tanto, no puede ser acusado de robo conforme a la ley de California.

¿Cómo puede defenderse de estos cargos?

Los cargos por robo pueden ser graves y obligarlo a cumplir un periodo considerable de privación de libertad y pagar multas elevadas. Además, este delito puede perjudicar su vida tanto en el ámbito social, como profesional. Por esta razón, necesita contar con un abogado penalista con experiencia que lo ayude a combatir sus cargos. Este profesional hará todo lo posible para que los mismos sean reducidos o retirados.

Algunas estrategias defensivas que pueden ayudarlo, son las siguientes:

  • No tenía la intención de cometer un hurto o una felonía. El elemento más importante del robo es la intención de ejecutar un delito específico una vez que esté dentro del edificio o estructura. Si usted no tenía el propósito de hurtar o cometer un delito que se considere una felonía al entrar al edificio, entonces no puede ser declarado culpable del delito. Además, el momento es fundamental para determinar si el acusado es culpable o no. Por ejemplo, si usted ingresó a la vivienda o el garaje de otra persona sin la intención de hurtar, pero su propósito surgió estando dentro del edificio, no será culpable de este delito.

La intención no es fácil de probar por la fiscalía, por lo que su abogado puede aprovecharse de ello para convencer al jurado de su inocencia. Si la evidencia presentada por el fiscal no satisface al juez en su totalidad, sus cargos pueden ser reducidos a un delito menor.

  • Error de hecho. Esta es otra defensa común para el delito de robo, la cual puede ser utilizada en una gran cantidad de casos. Por ejemplo, si usted ingresa a la vivienda de otra persona para recuperar un objeto que piensa que le pertenece, o piensa que tiene el permiso del propietario para ingresar a su vivienda y tomar tales objetos. En tal caso, su abogado intentará convencer al juez de que tenía el derecho de ingresar a tal vivienda para recuperar lo que le pertenecía. Si el jurado acepta esta defensa, entonces sus cargos serán retirados.
  • Falsas acusaciones. Es común que se acusen a personas inocentes de cometer este delito. En tal caso, su abogado debe demostrar su inocencia ante el tribunal.

Este tipo de acusaciones pueden presentarse por los siguientes motivos:

  • Equivocación de identidad. Una persona puede acusarlo de robo si lo confunde con el verdadero perpetrador. Esto puede ocurrir si tiene un gran parecido con el mismo, o el mismo nombre.
  • Evidencias engañosas. Si alguien ingresó a una propiedad e intentó robar artículos de valor, es posible que se sospeche que usted cometió el delito si fue visto previamente en dicha propiedad o cerca de la misma. También es posible que se encuentren sus huellas dactilares en la escena del crimen incluso si estuvo allí cierto tiempo antes de la comisión del delito para un propósito legal.
  • Venganza. Un individuo puede acusarlo falsamente para vengarse de usted por algo que le hizo en el pasado, o si tiene una enfermedad mental y no está plenamente consciente de las consecuencias de sus acusaciones.

Si su abogado puede demostrar que usted no cometió el delito del cual está siendo acusado, el juez se verá obligado a reducir o retirar sus cargos.

  • Mala conducta de la policía. En algunos casos, la policía se encuentra bajo presión de resolver los casos de robo, por lo que pueden incurrir en una violación de los derechos del acusado o actuar injustamente. Algunos de los actos que son indebidos cuando la policía investiga a los sospechosos o los arresta, son los siguientes:
  • Fabricar o sembrar evidencias para tener evidencias sólidas contra el sospechoso.
  • Realizar preguntas directas al interrogar a los testigos que están identificando al sospechoso.
  • Llevar a cabo búsquedas irrazonables, en violación de la Cuarta Enmienda.
  • Obligar al sospechoso a emitir una confesión.

Si se demuestra la existencia de conductas indebidas por parte de la policía en cualquier etapa del proceso, las evidencias obtenidas por esta no serán admisibles en el tribunal. Por lo que es recomendable que le informe a su abogado de cualquier conducta indebida que pudo haber presenciado durante y después del arresto.

¿Cuáles son sus sanciones?

Las potenciales sanciones para los condenados por robo en el estado de California dependen principalmente del tipo de robo por el cual están enfrentando cargos. Por su parte, una condena de robo en primer grado se considera una felonía, cuyas sanciones son las siguientes:

  • Libertad condicional para delitos mayores.
  • Dos, cuatro o seis años de encarcelamiento en prisión estatal.
  • Una multa máxima de diez mil dólares.

Adicionalmente, un robo en primer grado es un strike conforme a la Ley de los Tres Delitos y Fuera. De conformidad con la misma, cualquier persona que enfrente una condena por una felonía que además tenga una condena previa por una felonía en su registro criminal; debe ser condenada al doble del periodo que establece la ley para el delito actual.

Una condena de robo en segundo grado, es un delito menos grave en comparación al primer grado. Por tal razón, es un wobbler en el estado de California, lo cual significa que el acusado puede ser condenado por delito menor o felonía. Queda a discreción del fiscal decidir cómo imputar el delito, en función de los hechos del caso y el registro criminal del perpetrador.

Si recibe una condena por robo en segundo grado como felonía, algunas de las sanciones que pueden dictarse, son las siguientes:

  • Libertad condicional para delitos mayores.
  • Entre dieciséis, dos, o tres años de encarcelamiento en la cárcel del condado.
  • Una multa máxima de $10.000.

Si es condenado por robo en segundo grado como delito menor, las sanciones que puede recibir, son las siguientes:

  • Libertad condicional para delitos menores.
  • Un año de cárcel como máximo.
  • Una multa máxima de mil dólares.

¿Cuál es la diferencia entre robo y el allanamiento de morada?

Otro delito que suele confundirse con el robo es el allanamiento de morada. Aunque son similares en varios aspectos, también tienen diferencias fundamentales. A diferencia del allanamiento de morada, para ser declarado culpable de robo no es necesario haber irrumpido en el edificio o estructura, ya que puede cometerse por simplemente entrar a un edificio mediante una ventana o puerta que esté desbloqueada o abierta. Incluso, puede estar cometiendo este delito si ingresa a un edificio comercial que se encuentre abierto. La única excepción a esta regla aplica para el robo de autos, el cual ocurre cuando una persona irrumpe a un vehículo cerrado.

Por otra parte, el robo únicamente requiere entrar a una estructura o edificio con una intención delictiva, sin que deba ejecutarse el hurto o la felonía que planeaba cometer una vez dentro. Debe entenderse que el perpetrador ha ingresado al edificio o estructura si parte de su cuerpo, la totalidad del mismo, o un objeto bajo su control tiene acceso al límite exterior y el interior de dicha estructura o edificio. En este caso, el límite exterior puede ser la parte interior del mosquitero de la ventana o un balcón adjunto en un piso más alto, al que únicamente se pueda acceder desde el interior del edificio.

Ejemplos de sucesos que pueden calificar como un ingreso a un edificio conforme a esto, incluyen los siguientes:

  • Retirar un mosquitero de la ventana de otra persona para acceder a la casa y hurtar algo de valor que se encuentra dentro.
  • Extender la mano a través de la ventana rota o abierta de la casa de su vecino para hurtar un brazalete que este dejó en el alféizar de la misma.

Utilizar una escalera para llegar al balcón de un departamento ubicado en el segundo piso de su edificio para agredir sexualmente a una mujer que vive allí.

¿En qué se distingue el robo del hurto en tiendas?

El robo y el hurto en tiendas son dos delitos a los que se suele hacer referencia simultáneamente. Sin embargo, sus elementos son significativamente distintos. Por su parte, el hurto en tiendas está consagrado en el artículo 459.5 del Código Penal de California. De conformidad con esta disposición, consiste en el ingreso a un edificio comercial durante el horario laboral con el propósito de hurtar algo de valor. Para que un individuo sea declarado culpable de este delito, la fiscalía debe probar lo siguiente por encima de la duda razonable:

  • Que la persona ingresó a un edificio comercial.
  • Que la persona lo hizo cuando el edificio comercial estaba abierto y durante sus horas de funcionamiento.
  • Que al entrar al edificio comercial, la persona tenía la intención de hurtar bienes cuyo valor es de $950 o menos.

Esto significa que el hurto en tiendas está en la categoría general de robo. Pero en este caso, el acusado ingresa a un edificio comercial que está abierto y en funcionamiento. La otra diferencia es el valor del bien que el acusado hurta o pretende hurtar. En este sentido, mientras que el objeto del robo es una propiedad de un valor superior a los $950, el objeto del hurto en tiendas es cualquier bien cuyo valor sea menor a $950. Por lo tanto, este delito puede ser definido como cualquier ingreso ilegal a un edificio comercial abierto con la intención de perpetrar un hurto menor.

El hurto en tiendas fue creado en virtud de la Proposición 47 como una forma de reducir las sanciones por algunos delitos menores en el estado. Antes de la creación de la misma, los perpetradores de estos actos podían fácilmente enfrentar cargos por robo en el segundo grado conforme al artículo 459 del Código Penal, el cual es un delito más grave que acarrea sanciones de felonía. A partir de la Proposición 47, el hurto en tienda puede ser considerado un delito menor, cuyas sanciones son menores. Sin embargo, el caso puede agravarse si se demuestra alguna de las siguientes circunstancias:

  • El acusado tiene una condena previa por un delito grave; tal como asesinato, violación, o un delito sexual contra un menor de edad.
  • El acusado tiene una orden para registrarse como un delincuente sexual en el estado debido a una condena previa por un delito sexual grave.

En tal caso, el perpetrador del hurto en tiendas puede enfrentar cargos de delito grave, al igual que una persona que comete un robo en segundo grado.

¿Es posible lograr la reducción de cargos por robo a hurto en tienda?

Debido a que el hurto en tiendas es un delito menos grave en comparación al robo, un individuo que enfrenta cargos por robo en segundo grado puede negociar con el juez para que sus cargos se reduzcan a hurto en tienda. Una vez que esto ocurre, enfrentará cargos de delito menor en vez de cargos por una felonía.

Como señalamos anteriormente, la aprobación de la Proposición 47 hizo posible que cualquier individuo que haya sido condenado previamente por robo en segundo grado en California, solicite una nueva sentencia al juez, con la finalidad de que este reduzca sus cargos a hurto en tienda. De esta forma, puede evitar muchas de las implicaciones de tener antecedentes penales por un delito grave.

Si piensa que existe la posibilidad de que su cargo de robo en segundo grado se reduzca a un cargo de hurto en tiendas como delito menor, debe comunicarse con un abogado penalista con experiencia, el cual conocerá qué tipos de estrategia defensivas utilizar para que el juez reduzca sus cargos.

¿Cómo encontrar abogados cerca de mí?

Si ha sido acusado de cometer este delito, puede enfrentar graves consecuencias. Por esta razón, debe contactar a un abogado calificado inmediatamente. Nuestro equipo de defensa tiene una experiencia extensa en el manejo de estos casos, de manera que desarrollaremos la mejor estrategia defensiva y haremos todo lo posible para ayudarlo a evitar una condena y las sanciones derivadas de la misma. Además, comenzaremos a trabajar en su caso lo antes posible para aumentar su probabilidad de lograr un resultado positivo.

Contacte inmediatamente a Pasadena Criminal Attorney, California; llamando al número 626-689-2277.

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